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Autorización de derechos de imagen

Última modificación: 15/12/2018 - 11:04

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Última modificación: 15/12/2018 - 11:14

Impreso COMUNICACIÓN DE AUSENCIA o RETRASO DEL PROFESORADO

Última modificación: 07/02/2017 - 17:41

Modelo 046

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Última modificación: 02/02/2016 - 06:20

Modelo asuntos particulares retribuidos

Última modificación: 09/01/2019 - 04:56

NORMAS DE CONVIVENCIA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Orden 121/2022, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil y Primaria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

2. Las Normas de organización, funcionamiento y convivencia incluirán:

a) La definición de la jornada escolar del centro.

b) El procedimiento para su elaboración, aplicación y revisión, que ha de garantizar la participación democrática de toda la comunidad educativa.

c) La composición y procedimiento de elección de los componentes de la Comisión de convivencia del Consejo escolar.

d) La carta de compromiso educativo con las familias del centro. Cada centro formulará una carta de compromiso educativo con las familias. Donde se expresará los compromisos entre las familias y el centro en relación con los principios necesarios para garantizar la cooperación en un entorno de convivencia, respeto y responsabilidad en el desarrollo de las actividades educativas. Los contenidos de la carta serán elaborados por el centro y aprobados por el Consejo escolar.

e) Los criterios comunes y los elementos básicos que deben incorporar las normas de organización, funcionamiento y convivencia de las aulas, así como el procedimiento de elaboración y los responsables de su aplicación.

f) Los derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa.

g) Las medidas preventivas y/o correctoras para la mejora de la convivencia en el marco de lo establecido en la normativa vigente.

h) Los procedimientos de mediación para la resolución positiva de los conflictos, así como los procedimientos establecidos en los protocolos vigentes en Castilla-La Mancha.

i) Los criterios establecidos por el claustro para la asignación de tutorías y elección de cursos y grupos, así como del resto tareas, con especial atención a los criterios de sustitución del profesorado ausente, asegurando un reparto equitativo entre todos los componentes del claustro de profesorado. La elección de cursos y grupos se organizará, en todo caso, con criterios de eficiencia y pedagógicos para el funcionamiento del centro. Se tratará de alcanzar un consenso en el reparto. En todo caso, se procurará que en cada curso y etapa haya un número equilibrado de profesorado funcionario de carrera y en régimen de interinidad.

j) Los criterios para la asignación de los periodos de refuerzos educativos.

k) Los criterios para la asignación del profesorado de apoyo en Educación Infantil.

l) Los criterios para la atención al alumnado en caso de ausencia de profesorado.

m) La organización de los espacios y del tiempo en el centro y las normas para el uso de las instalaciones y los recursos.

n) En el caso de centros que cuenten con residencia escolar, los aspectos relativos al funcionamiento interno y las normas referidas al horario de la misma, las actividades de orientación y tutoría propias de la residencia, el régimen de convivencia y funcionamiento, así como la organización del ocio y del tiempo libre.

o) Los procedimientos de comunicación con los padres, madres y/o tutores/as legales de las faltas de asistencia a clase de los alumnos, y las correspondientes autorizaciones o justificaciones para los casos de ausencia.

p) Los procedimientos de aplicación del protocolo de custodia de menores, establecido por la Consejería competente en materia de educación.

q) Las medidas necesarias para el buen uso, el cuidado y el mantenimiento de las instalaciones, dispositivos electrónicos y cualquier otro tipo de material empleado en la actividad ordinaria del centro por parte de la comunidad educativa.

 

3. Las Normas de organización, funcionamiento y convivencia del centro y sus posibles modificaciones, serán elaboradas por el Equipo directivo, quien deberá recoger las aportaciones de la comunidad educativa. Serán informadas por el Claustro y aprobadas por el Consejo escolar por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto.

4. Las Normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente, de forma consensuada, por el profesorado y el alumnado que convive en ellas, coordinados por el tutor o tutora del grupo. El Consejo escolar velará por que dichas Normas no vulneren las establecidas con carácter general para todo el centro.

5. Una vez aprobadas, las Normas de organización, funcionamiento y convivencia pasarán a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. El director o directora del centro las hará públicas, procurando la mayor difusión entre la comunidad educativa.

Última modificación: 26/10/2023 - 20:02

PLAN DE MEJORA

Siguiendo lo dispuesto en el artículo 121.2 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en la Orden 118/2022, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en la comunidad de CastillaLa Mancha, el Proyecto Educativo incorporará un Plan de Mejora, que se revisará periódicamente, en el que, a partir del análisis de los diferentes procesos de evaluación del alumnado y del propio centro, se planteen las estrategias y actuaciones necesarias para mejorar los resultados educativos y los procedimientos de coordinación y de relación con las familias y el entorno.

Por otro lado, la Orden de Orden 118/2022, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en la comunidad de CastillaLa Mancha, también establece que el Proyecto Educativo incluirá: “El plan de mejora de centro en el que incluyen los compromisos adquiridos por la comunidad educativa para mejorar los resultados educativos y los procedimientos de coordinación y de relación con las familias y con agentes educativos sociales, económico y culturales del entorno”.

Nuestro objetivo final es ofrecer, en cada uno de los niveles, una educación de calidad para todos, para lo que nos esforzamos en mejorar los resultados, en reducir el abandono y la no titulación y en perseguir la mayor igualdad posible en cuanto al acceso a los contenidos del currículo mediante apoyos, teniendo como puntos de referencia la calidad y la equidad. Ello se concreta en un esfuerzo compartido en el que necesitamos implicar también al alumnado, las familias, la administración educativa y todo nuestro entorno.

La finalidad de este plan es, en consecuencia, planificar procesos del centro educativo para reforzar aspectos positivos y modificar o eliminar los aspectos negativos que se detecten.

Este Plan se estructura en una serie de propuestas de mejora que deben cumplir las siguientes características:

- Partir de la autoevaluación del centro.

- Estar contextualizadas y ser coherentes con la PGA del centro y con las características del alumnado.

- Ser abordables y realistas.

- Contar con la mayor implicación posible del profesorado.

Última modificación: 07/09/2025 - 18:32

Prevención de riesgos laborales

El derecho del personal trabajador a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección frente a los riesgos laborales.
A tales efectos, desde la Consejería de Educación, en el marco de sus responsabilidades, realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en los centros educativos públicos de Castilla- La mancha y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud del personal empleado público (evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, etc.)
En este sentido, se pone a disposición de todo el personal empleado en centros educativos públicos no universitarios, la información necesaria para la gestión de la prevención de riesgos laborales, entre la que se encuentra las distintas instrucciones y procedimientos de aplicación en los mismos y que están disponibles en el siguiente enlace:

Prevención de Riesgos Laborales

 

A fin de dar cumplimiento al deber genérico de protección previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la misma ley establece en su artículo 18 que el empresario adopte las medidas adecuadas para que los trabajadores y trabajadoras reciban todas las informaciones necesarias sobre una serie de aspectos relacionados directamente con su seguridad. El objetivo de esta instrucción es establecer el procedimiento oportuno para hacer efectivo este derecho a la información. Por otro lado, en aras de lograr una mayor integración de la prevención en los centros, hemos considerado conveniente informar de los derechos y las obligaciones de los trabajadores/as en materia de prevención de riesgos que la misma Ley establece, ya que unos y otras, derechos y obligaciones, se complementan mutuamente y adquieren sentido unidos

Instrucción nº 3- Información a los trabajadores y trabajadoras

De conformidad con el artículo 16, punto 3 “Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva” de la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, cuando se produzca un daño para la salud de las personas trabajadoras, la empresa llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos.
A tales efectos, en octubre de 2021, se puso en marcha la Instrucción Operativa IO-PRL-EDU-02. Comunicación e investigación de accidentes e incidentes y asistencia sanitaria.

IO-PRL-EDU-02 Comunicación de Accidentes-Incidentes y Asistencia sanitaria

Última modificación: 22/11/2024 - 18:58

Primer Nivel

Última modificación: 26/08/2015 - 16:39

Procedimiento ante alumnado LGTBI

Última modificación: 12/08/2018 - 21:21

Procedimiento de actuación ante un posible caso de Paperas-Parotiditis

Última modificación: 12/08/2018 - 21:29

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